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📝19/05/2018

Condenan a un guardia civil que puso multas falsas a su expareja

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva que condenó en su día a cuatro años y diez meses de cárcel a un agente del subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huelva por interponer distintas denuncias falsas tanto contra su expareja, y madre de su hija, como contra su círculo familiar. Estas multas fueron puestas entre febrero y abril de 2013 y en ellas no aparece su nombre en los correspondientes boletines de denuncia que, sin embargo, firmó en lugar de los compañeros que figuraban en ellos como denunciantes o testigos. Todo ello con ánimo de venganza y para perjudicarla, detalla la decisión judicial original.

Ahora, el TS no admite el recurso de casación interpuesto por el agente y lo condena por un delito continuado de falsedad documental a la pena de cárcel y al pago de una multa superior a 3.600 euros, a razón de seis euros diarios durante 20 meses. A su vez, le impone la inhabilitación especial para empleo o cargo público durante cinco años en su condición de funcionario perteneciente al cuerpo de la Guardia Civil, con privación definitiva de este empleo e incapacidad para obtener este u otros análogos durante el tiempo de la condena.

Igualmente, el guardia civil ha sido condenado al pago de las costas procesales y al de una indemnización de 200 euros a su expareja y de 100 al hermano de ésta. El Supremo considera probado que el agente condenado había tenido relación con su expareja de la que nació una hija, menor que obtuvo filiación legal a instancia de su progenitora en procedimiento judicial, así como posteriormente en otra causa una sentencia favorable en reclamación de alimentos que fijó una pensión a cargo de este hombre.

De aquellas circunstancias se derivó una relación de enemistad entre el agente y su expareja, motivo por el que, con ánimo de venganza y para causarle perjuicio a ella y a su entorno, éste se sirvió de su trabajo como funcionario público para poner en marcha distintas denuncias en su contra y su círculo familiar.

En la primera denuncia confeccionada por el condenado (8 de febrero de 2013) hizo constar que a las 11,45 horas de ese día el hermano de su expareja conducía por el kilómetro 2 de la carretera A-496 un tractor, figurando como agente denunciante y como testigos otros dos agentes que no habían tenido ninguna participación, estampando de su puño y letra sendas firmas donde deberían haberlo hecho los mencionados guardias civiles.También consignó que el infractor había sido parado e identificado pero se negó a firmar la notificación de la denuncia pese a que nunca sucedió esto.

En la segunda denuncia (28 de marzo de 2013) el acusado hizo constar que a las 12,47 horas se dio el alto a esta misma persona cuando circulaba en un coche por el kilómetro 3,100 de la A-496 por conducir utilizando teléfono móvil o dispositivo incompatible y que tras ser identificado se negó a firmar el boletín, falsificando de nuevo las firmas.

Por último, en la tercera y última denuncia (12 de abril de 2013) el agente hizo constar que en el kilómetro 106 de la carretera A-435 un coche era pilotado por su expareja y que había circulado durante 800 metros guardando una distancia de cinco metros respecto del vehículo precedente, figurando como agente denunciante efectivo y firmando el condenado en su lugar.

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