La Audiencia Provincial de Madrid confirmó en días pasados la sentencia del juzgado de lo Penal número 16 de Madrid que absolvió en 2017 a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como ‘El pequeño Nicolás’, de un delito de injurias y calumnias contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Ha sido la Sección número 15 de la Audiencia Provincial de Madrid la que ha desestimado el recurso interpuesto por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado contra este fallo, que hace referencia a las declaraciones que realizó Francisco Nicolás en una entrevista sobre que su teléfono «había sido pinchado por el CNI ilegalmente durante dos meses». El acusado también, al ser preguntado si su detención tenía algo que ver con que Asuntos Internos fuese uno de los grupos policiales más próximos al CNI, respondió: «No sólo eso, sino que han tenido reuniones para informar de mi situación. Lo que voy a decir es bastante fuerte, pero están fabricando contra mí pruebas y lo voy a denunciar».
En la primera sentencia, el juez ya absolvió al popular personaje de los delitos de calumnias cometidas con publicidad y de injurias a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, entre otros argumentos porque entiende que el CNI «no está comprendido» entre las autoridades del Gobierno o de los distintos tribunales ni tampoco «forma parte de los ejércitos o Fuerzas de Seguridad». Según la resolución, el juez «extrae la conclusión de la inaplicabilidad del delito de calumnias» contemplado en el Código Penal. En este sentido, el tribunal recurre a jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Europeo de Derechos para sus fundamentos jurídicos.
El fallo concluye que «no se aprecia la infracción de Ley propuesta por los recurrentes, y lo procedente es la sentencia absolutoria».