El Juzgado de lo Social 28 de Barcelona ha estimado la demanda del hombre sin hogar que llegó a ponerse en huelga de hambre para reclamar lo que consideraba sus derechos. Dicho tribunal ha sentenciado que su prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) debe ser de 461 euros en vez de los 253 que le adjudicó la Seguridad Social, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad a pagarle estos 461 euros con efectos desde junio de 2020, cuando el hombre pidió la prestación.
Los propietarios de los terrenos afectados por la lava no podrán reconstruir en los mismos
El especialista en Derecho Administrativo, Víctor Medina, explica que la normativa vigente dispone que el suelo sepultado a cuenta de la erupción palmera será declarado espacio protegido “con toda seguridad”




